FRACCIÓN XV

La información de los programas de subsidios, estímulos, aportaciones y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
a. Área;
b. Denominación del programa;
c. Periodo de vigencia;
d. Diseño, objetivos y alcances;
e. Metas físicas;
f. Población beneficiada estimada;
g. Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h. Requisitos y procedimientos de acceso;
i. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j. Mecanismos de exigibilidad;
k. Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
l. Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
m. Formas de participación social;
n. Articulación con otros programas sociales;
o. Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
p. Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
q. Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

2023

Periodo de actualización: Trimestral, La información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año.
Periodo de conservación: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores
Área(s) responsable(s) de la información: NO APLICA.

Fecha de Actualización: 31/12/2023

AL TERCER TRIMESTRE

EJERCICIOS ANTERIORES

Formato XV-A:

Formato XV-B:

Formato XV-C:


NO APLICA
 en virtud que la naturaleza de la Auditoria Superior del Estado de Nayarit atiende solo Instituciones Gubernamentales

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 116 fraccion II parrafo sexto delimita la función de las entidades de fiscalización Locales, así mismo en el artículo 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, define la función fiscalizadora de la Auditoría Superior del Estado, en este tenor el articulo 7 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Nayarit, delimita la competencia de la Institución y dentro de la misma no se contempla el manejo de programas de subsidio, estimulos, aportaciones y apoyos.